lunes, 24 de enero de 2011

Condenados Cuatro Médicos del Hospital Gregorio Marañón por Confundir un Infarto Cerebral con Ansiedad

Fuente: abc.es
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El Diagnóstico Erróneo ha Dejado Graves Secuelas a la Paciente, que será Indemnizada con 880.000 euros
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Día 24/01/2011 - 19.57h



El Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid ha condenado a cuatro facultativos del Hospital Universitario Gregorio Marañón de Madrid, a dos de ellos a un año de prisión e inhabilitación profesional y a los otros dos al pago de una multa de 100 euros, como consecuencia de la deficiente asistencia sanitaria que recibió doña M. P. y que derivó en graves e irreversibles secuelas.

Además, el Hospital, como responsable subsidiario, deberá indemnizar a la paciente con 880.000 euros, más intereses y costas, por los daños y perjuicios ocasionados, según la sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente.

Diagnóstico erróneo
Los hechos se remontan al 27 de agosto de 2001, cuando la paciente, de 36 años de edad, sintió un malestar general (mareos, cefaleas y caída con pérdida de fuerza) acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Gregorio Marañón. El diagnóstico emitido, tras comprobar que la exploración neuronal era normal, fue de «probable síndrome ansioso depresivo». Los familiares de la paciente avisaron de que cuatro años antes había sufrido un tromboebolismo pulmonar, pero el médico le remitió a Psiquiatría y recomendó el seguimiento por parte de su médico de atención primaria.

Pero, la noche del 28 de agosto de 2001, doña M. P. volvió a sentirse mal, aunque esta vez, además de los síntomas anteriormente citados también presentaba incapacidad para el habla.

De nuevo, fue trasladada al Servicio de Urgencias del Gregorio Marañón, donde fue atendida por dos médicos residentes que dieron por bueno el diagnóstico del día anterior, no llevaron a cabo una exploración neurológica y desoyeron las indicaciones de la familia acerca de las antecedentes personales. Decidieron entonces ingresar a la paciente en la unidad de Psiquiatría, recomendando sujeción geriátrica.

Graves secuelas

Las dos facultativas consultaron el caso con el psiquiatra adjunto, que no se cercioró de que la exploración que realizaron las residentes era la correcta y se limitó a indicar que la paciente fuera sedada.

Al día siguiente, doña M. P. presentaba una ligera desviación de la comisura labial, síntoma propio de las patologías neurológicas. Fue entonces cuando el responsable del Servicio de Psiquiatría examinó los informes anteriore de la paciente y conversó con su marido sobre los antecedentes médicos de la mujer. En la tarde del 29 de agosto, un TAC craneal reveló la existencia de un infarto isquémico cerebral que ya había provocado graves lesiones.

La paciente sufre como consecuencia del diagnóstico erróneo una hemiparexia derecha, alteraciones visuales, una afasia que le impide hablar correctamente, paresia de la acomodación, trastorno de la afectividad y perjuicio estético importante.

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